Los Tribunales Constitucionales de América Latina: sus aportes y limitaciones

Por Martha Lucia Pinzon

 
Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Nicaragua, Paraguay, Perú y Venezuela son 11 países de América Latina que durante las décadas de los ochenta y los noventa experimentaron notables cambios en sus ordenamientos constitucionales que conllevaron a la creación de instituciones especializadas en la protección de los derechos fundamentales: los tribunales y salas constitucionales.

Qué ha sucedido con estas instituciones y cómo son percibidas por los ciudadanos de estos países? Las respuestas se encuentran estrechamente ligadas a las confrontaciones sociales, políticas y económicas que viven diariamente estos países y sobre las que en algunas ocasiones las decisiones de estos tribunales pueden generar un choque de poderes y en otros pueden estar altamente influenciadas por la política. Colombia y Costa Rica son un claro ejemplo de lo primero y Perú de lo segundo.

Recientemente el tribunal Constitucional de Colombia decidió acerca de un decreto presidencial en virtud del cual se habían "congelado" los salarios del sector gubernamental en razón a la difícil situación económica por la que atraviesa ese país. El tribunal consideró que esa medida no era ni justa ni posible dentro del marco del principio de igualdad y del derecho a una remuneración mínima, vital y móvil. Como consecuencia del fallo, 500 mil funcionarios públicos recibirán el próximo año diez meses de retroactividad salarial y el Gobierno deberá incurrir en un pago de 500 millones de dólares. La decisión del Tribunal ocasionó un fuerte enfrentamiento entre las distintas ramas del poder público así como dentro de algunos sectores de la opinión pública que consideraron que este tribunal estaba colegislando y extralimitándose en sus funciones.

El editorial del diario colombiano El Tiempo acusó a la actual Corte de "estar contaminada de apetitos mediáticos y tentaciones demagógicas" y de "haber impuesto una especia de gobierno de los jueces". Por su parte, el presidente de la Corte Constitucional de Colombia, Fabio Morón Díaz, en entrevista concedida a este mismo diario aseguró que quienes critican la labor del tribunal lo hacen porque afectan intereses particulares e insistió "en que la Corte falla en derecho y no por conveniencias.

En Costa Rica, los representantes de la Procuraduría, Roman Solis y Faride Beirute en entrevista al diario La Nación, sostienen que "las grandes decisiones políticas del país las toma la sala IV (Constitucional) y no el poder ejecutivo o la Asamblea Legislativa" y agregan, "la sala se ha convertido impropiamente en un órgano a donde se llevan temas que corresponden a otras instancias" .

Sin embargo, para el ciudadano en general, estos Tribunales han reflejado un camino expedito de acceso a la justicia mediante la acción de tutela o amparo y especialmente a través de la revisión que hacen estas Salas o Tribunales a los fallos proferidos por los jueces con relación a este mecanismo. No puede negarse que en el caso de Colombia en varias ocasiones este tribunal ha obligado al Estado y a los particulares ha cumplir con sus obligaciones y compromisos, especialmente en el campo de la aplicación de los derechos a la salud, la educación y la seguridad social.

En otros países el panorama es diferente y lo que ocurre es que estos Tribunales se ven afectados en algunos casos por la intromisión del ejecutivo en el ejercicio de sus funciones; una muestra de ello es Perú. Basta recordar, que desde hace tres años el tribunal de este país viene actuando con 5 de sus 7 miembros, debido a que dos de ellos fueron destituidos de sus cargos por ordenes del presidente Fujimori, al considerar en un fallo que era inconstitucional una tercera reelección presidencial.

Otro claro ejemplo de la situacion en el Perú, fue el "caso Bronstein", cuando en 1998 el director general de migraciones dejó sin efecto el titulo de nacionalidad de Baruch Ivcher Bronstein, director de un medio de comunicación que venía haciendo programas en abierta oposición al régimen de Fujimori. El Sr. Bronstein se acogió al mecanismo de amparo y el Tribunal Constitucional lo declaró improcedente "al considerar que se debió agotar la vía administrativa". Para el jurista peruano, Samuel Abad, lo sucedido demuestra que cuando el amparo "involucra las altas esferas del poder el Tribunal opera conforme a los deseos del ejecutivo".

Contrariamente, el Tribunal Constitucional de Guatemala ha demostrado una mayor independencia y eso se reflejó especialmente en 1993 cuando en un intento de golpe civil, el presidente Elias Serrano pretendió disolver mediante decreto presidencial al Tribunal Constitucional de ese país. El Tribunal decidió seguir actuando en la clandestinidad y mediante decisión judicial dejó sin efectos las medidas tomadas por el presidente (incluyendo la disolución de este organismo). El ejercito acató el fallo y fue restablecido el orden constitucional dando muestra de la importancia que tienen estas instituciones en el mantenimiento del Estado de Derecho.

En materia de acceso a la justicia un estudio del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD, observó que en los países de Centroamérica, el ciudadano ve con muy buenos ojos el mecanismo de amparo, lo encuentra ágil y esto ha producido una mayor confianza en el Estado y por ende en el sistema democrático. Hay un mayor conocimiento y una mayor conciencia sobre las garantías de protección de los derechos fundamentales y los tribunales constitucionales son percibidos en líneas generales de manera positiva.

Este mismo estudio encontró que en materia de derechos fundamentales, los Tribunales y Salas Constitucionales de Nicaragua, Guatemala, El Salvador y Costa Rica se han pronunciado con mayor frecuencia en la protección de los derechos de petición, debido proceso, defensa, libre asociación, trabajo e igualdad. Según el PNUD, la infracción a los derechos del debido proceso y de defensa se sitúan aproximadamente en el 75% del total de los derechos que se denuncian como vulnerados.

En suma, y a pesar del caso Perú, el balance de los tribunales constitucionales en América Latina es satisfactorio. Aunque en algunos países se han excedido en el ejercicio de sus funciones ocasionando un desbalance de poderes, han sido en la gran mayoría de los casos un contrapeso que ha hecho posible establecer limitaciones a los órganos públicos en beneficio de la libertad de las personas. Sus aportes han sido efectivos en términos de desarrollo institucional y como lo ha dicho la Comisión Andina de Juristas para el caso de Bolivia "la repercusión de sus decisiones ha sido positiva en la opinión publica".

ver: www.nacion.co.cr/In_ee/2000/noviembre/13/pais3.html